¿Quieres saber las principales novedades de la Reforma
Laboral? En el Blog del Mapa te lo contamos:
1º. Se han clarificado las causas del despido objetivo,
siendo así por causas económicas, organizativas o de producción. De esta forma,
se consigue evitar la masificación de juicios y la excesiva judicialización.
2º. Se ha eliminado la autorización administrativa previa en los expedientes de regulación de empleo.
3º. La indemnización por despido objetivo seguirá siendo de 20 días por año trabajado en caso de despido procedente por causas objetivas, con un máximo de 12 mensualidades.
2º. Se ha eliminado la autorización administrativa previa en los expedientes de regulación de empleo.
3º. La indemnización por despido objetivo seguirá siendo de 20 días por año trabajado en caso de despido procedente por causas objetivas, con un máximo de 12 mensualidades.
4º. Los organismos y entidades del sector público podrán
invocar causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.
5º. La indemnización por extinción del contrato indefinido, cuando es improcedente, se generaliza a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Pero esta indemnización sólo será de aplicación a contratos nuevos, y no afectará a los anteriores a la entrada en vigor de la ley.
6º. El Fondo de Garantía Salarial sólo cubrirá la extinción de los contratos por despidos procedentes de Pymes.
7º. Las empresas que despidan a más de 50 trabajadores tienen obligación de articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo de, como mínimo, seis meses.
5º. La indemnización por extinción del contrato indefinido, cuando es improcedente, se generaliza a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Pero esta indemnización sólo será de aplicación a contratos nuevos, y no afectará a los anteriores a la entrada en vigor de la ley.
6º. El Fondo de Garantía Salarial sólo cubrirá la extinción de los contratos por despidos procedentes de Pymes.
7º. Las empresas que despidan a más de 50 trabajadores tienen obligación de articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo de, como mínimo, seis meses.
¿Te han quedado dudas? Plantéanoslas en los comentarios.